Logo

Incidente Nº 80 - IMPUTADO: CASTILLO, JORGE GABRIEL s/INCIDENTE DE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Jorge Gabriel Castillo promovió un incidente solicitando el beneficio de litigar sin gastos para continuar la instancia recursiva ante la CSJN en la causa por infracción a la Ley 23.737. La Cámara concedió el beneficio atento a la prueba documental sobre la carencia de recursos y a la ausencia de objeción del Ministerio Público Fiscal, habilitando la continuación del trámite sin gastos.

Beneficio de litigar sin gastos Incidente Ley 23.737 Recurso extraordinario/csjn Arca Registro de la propiedad Defensa publica Carencia de recursos Igualdad Garantia de defensa


¿Quién es el actor?

Jorge Gabriel CASTILLO (peticionante, por su Defensor Público Oficial).

¿A quién se demanda?

Incidente interpuesto en la causa FCR 3897/2021/TO1 (“MALDONADO FACUNDO NAHUEL Y OTROS S/ INFRACCION LEY 23.737”); la petición se dirige a obtener el beneficio procesal frente al tribunal que entiende en la causa y de cara a la instancia recursiva ante la CSJN.
- Objeto de la demanda: Solicitud de BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS para continuar la instancia recursiva ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por falta de recursos económicos del peticionante.

¿Qué se resolvió?

Se concedió el beneficio de litigar sin gastos a Jorge Gabriel Castillo en la causa FCR 3897/2021/TO1, disponiéndose su registro, publicación, comunicación y notificación. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Que a fs. 1/2vta. se presenta el Defensor Público Oficial del condenado JORGE GABRIEL CASTILLO y promueve el beneficio de litigar sin gastos a efectos de continuar la instancia recursiva ante la CSJN para el caso que se rechace el recurso incoado, y a fin de que la falta de recursos económicos del nombrado no constituya un obstáculo para lograr la revisión del pronunciamiento casatorio.
- Señala que la petición se funda en una solicitud de la Defensoría de la CFCP, alega que su defendido carece de medios económicos y ofrece como prueba a los fines de demostrar la falta de recursos económicos del nombrado librar oficio a la ARCA, al Registro de la Propiedad del Automotor e Inmueble. ... Que corrida la vista al señor Ministerio Público Fiscal, éste a fs.7 no formuló objeción a la concesión del presente beneficio.-" "El Código Procesal condiciona la obtención del beneficio a la concurrencia de dos requisitos, carencia de recursos y la necesidad de reclamar o defender derechos propios o del cónyuge o de sus hijos menores.
- En cuanto a la carencia de recursos, debe atenderse lo informado por la agencia ARCA, por el Registro Propiedad Inmueble y por el Registro Propiedad Automotor obrante en autos (fs. 3/6). ... La concesión del beneficio de litigar sin gastos, queda librada entonces a la prudente apreciación judicial en tanto a los medios probatorios incorporados al incidente reúnan los requisitos suficientes para llevar al ánimo del juzgado la verosimilitud de las condiciones de pobreza alegadas. -" Cita jurisprudencial incluida: "el beneficio de litigar sin gastos encuentra sustento en dos preceptos de raigambre constitucional: la garantía de defensa en juicio y de igualdad ante la ley, ya que por su intermedio se asegura la prestación del servicio de justicia, no ya en términos formales sino con un criterio que se adecua a la situación económica de los contendientes” (cf. C.S.J.N. C.T 505 XXIX, “Patagonian Rainbow S.A.”, 28/05/98...)." No hubo votos en disidencia consignados en el fallo; la decisión fue unánime según la firma del acuerdo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar