Incidente Nº 5 - IMPUTADO: CORONEL, FERNANDO DANIEL s/INCIDENTE DE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Incidente promovido por el defensor para obtener el beneficio de litigar sin gastos en favor de Fernando Daniel Coronel por causas vinculadas a la Ley 23.737. La Cámara concedió el beneficio, entendiendo acreditada la carencia de recursos y la necesidad de asegurar el acceso a la instancia recursiva.
¿Quién es el actor?
El Defensor Público Oficial en representación de FERNANDO DANIEL CORONEL.
¿A quién se demanda?
No hay un demandado en sentido clásico; es un incidente del condenado FERNANDO DANIEL CORONEL desprendido de la causa penal.
- Objeto de la demanda: Concesión del beneficio de litigar sin gastos para continuar la instancia recursiva ante la Corte Suprema en la causa FCR Nº 5698/2021/TO1, caratulada “CORONEL FERNANDO DANIEL S/ INFRACCIÓN LEY 23.737”.
¿Qué se resolvió?
Se concedió a Fernando Daniel Coronel, DNI N° 37.147.930, el beneficio de litigar sin gastos en la causa indicada; se ordenó registrar, publicar, comunicar y notificar la resolución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) "Que a fs. 1/2vta. se presenta el Defensor Público Oficial del condenado FERNANDO DANIEL CORONEL y promueve el beneficio de litigar sin gastos a efectos de continuar la instancia recursiva ante la CSJN para el caso que se rechace el recurso incoado, y a fin de que la falta de recursos económicos del nombrado no constituya un obstáculo para lograr la revisión del pronunciamiento casatorio."
2) "El Código Procesal condiciona la obtención del beneficio a la concurrencia de dos requisitos, carencia de recursos y la necesidad de reclamar o defender derechos propios o del cónyuge o de sus hijos menores."
3) "La concesión del beneficio de litigar sin gastos queda librada entonces a la prudente apreciación judicial en tanto a los medios probatorios incorporados al incidente reúnan los requisitos suficientes para llevar al ánimo del juzgado la verosimilitud de las condiciones de pobreza alegadas."
4) Cita doctrinal/precedente: "el beneficio de litigar sin gastos encuentra sustento en dos preceptos de raigambre constitucional: la garantía de defensa en juicio y de igualdad ante la ley... (cf. C.S.J.N. C.T 505 XXIX, 'Patagonian Rainbow S.A.', 28/05/98...)."
- Disidencias: No se informó disidencia; la resolución es acordada por la Cámara según el bloque dispositvo final.
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