PORRI PATRICIA DANIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS solicitando el reajuste de su haber previsional y la actualización de componentes del haber inicial. El Juzgado Federal N°1 hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar el retroactivo en 120 días hábiles, diferirá cuestiones de inconstitucionalidad para la ejecución y dispuso que las sumas se abonen íntegramente sin descuentos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Porri Patricia Daniela (parte actora).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste del haber previsional; re-determinación de la Prestación Básica Universal (PBU), Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP); movilidad del haber; y planteos de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241 y 24.463.
Decisión: Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada, se ordenó a ANSeS abonar el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; y se dispuso que el haber resultante y las sumas favorables a la actora sean abonadas íntegramente, sin quita alguna. Se impusieron las costas a ANSeS y se diferió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional. A tal fin, planteo la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 24.463 y 24.241. Ofreció prueba y efectúo reserva del caso federal."
"De conformidad con la documental agregada a la causa, la actora obtuvo su beneficio previsional N 14 0 2424052 0 4, conforme la ley 24241, por los servicios desempeñados en forma dependiente y autónoma, siendo la fecha de adquisición del derecho el 22.7.2024 y fecha de alta el 1.10.2024, conforme detalle del beneficio obrante a fs. 64 de la demanda y documental."
"Conforme lo señalado precedentemente, no corresponde en este expediente expedirse respecto a la restitución de los montos que eventualmente se hubieran descontado en concepto de impuesto a las ganancias. Y en relación al eventual descuento del Impuesto a las Ganancias sobre el retroactivo que se devengue a favor del actor, corresponderá definir que la probable suma que se devengue en autos, corresponde a capital e intereses no imponibles... En consecuencia, corresponde seguir los lineamientos expuestos y disponer que la Anses, al momento de abonar las sumas retroactivas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de efectuar descuento alguno en concepto de impuesto a las ganancias."
(Además, el decisorio final expresa:) "RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo...; 3) Diferir el tratamiento de las inconstitucionalidades...; 4) El haber resultante y las sumas que resulten a favor de la parte actora deberán ser abonadas íntegramente, sin quita alguna... 5) Imponer las costas a cargo de la parte demandada...; 6) Diferir la regulación de honorarios..."
- Votos en disidencia: no existen votos ni disidencias reseñadas; la sentencia es dictada por la Dra. Karina Alonso Candis en primera instancia.
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