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TURRADO MANUEL HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste del haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas de la ley 24.241 y 24.463. El Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda: ordenó el recálculo del haber y el pago del retroactivo conforme las pautas fijadas, diferir las inconstitucionalidades para ejecución y prohibió retenciones por Impuesto a las Ganancias sobre las prestaciones y los retroactivos que se abonen.

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¿Quién es el actor?

Manuel Héctor Turrado (denunciado su fallecimiento el 9.3.2024; en autos ingresó la viuda y beneficiaria Sra. María Inés Riccobene, titular del beneficio de pensión derivada N 14 5 2508314 0 0).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (re-determinación de PBU, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber, y planteos de inconstitucionalidad de artículos de las leyes 24.241 y 24.463; se pidió además que no se aplique el Impuesto a las Ganancias sobre el haber ni sobre eventuales retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda dejando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y el retroactivo según las pautas de la sentencia dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de las inconstitucionalidades señaladas; se dispuso que el haber y las sumas a favor de la actora sean abonadas íntegramente sin quita alguna, con límites porcentuales legales y conforme jurisprudencia de la CSJN; se impusieron las costas a cargo de ANSES; se diferenció la regulación de honorarios para la etapa de ejecución. Asimismo, se ordenó que no se efectúen descuentos por Impuesto a las Ganancias sobre las prestaciones y los retroactivos a abonar.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del decisorio): 1) Sobre la metodología de la PBU y su tratamiento diferido para ejecución: "La fecha de adquisición del derecho del actor es posterior al 1º.3.2009 y en relación al planteo de la falta de actualización del valor de la PBU en su nueva determinación como suma fija, la cuestión será diferida y definida en la etapa de ejecución de la sentencia, siguiendo los lineamientos delineados por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, in re “Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios”, sentencia del 11.11.2014... En efecto el Alto Tribunal, dispuso que el análisis sobre la suma final a la que ascendería la P.B.U., deberá efectuarse al tiempo de practicarse la liquidación de la sentencia..." 2) Fórmula para determinar incidencia confiscatoria: "A tal fin, deberá realizar el siguiente cálculo: (PBU reajustada – PBU sin reajustar) = “A”. Ese importe será multiplicado por 100, y luego dividido por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia (PBU sin reajustar + PC reajustada + PAP reajustada) = “B”. Dicho resultado (A x 100 / B), arrojará la incidencia porcentual que implica la falta de actualización de la PBU, la cual deberá ser mayor a 15." 3) Sobre el Impuesto a las Ganancias: "resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto (y habiendo sido tal alternativa considerada en el fallo mencionado), no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora." y respecto del retroactivo: "corresponderá disponer que la Anses, al momento de abonar las sumas retroactivas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de efectuar descuento alguno en concepto de impuesto a las ganancias." 4) Sobre alcance del pago y límites: "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006... las diferencias que se devenguen a favor de la parte actora no podrán exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo, conforme Corte Suprema... in re 'Villanustre Raúl Félix'... teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución Anses Nº 955/2008."
- Disidencias: no se registra voto en disidencia; la sentencia es de la Jueza Federal Dra. Karina Alonso Candis y la parte resolutiva final consigna la decisión.

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