R. N. F. c/ A., S. s/LIQUIDACION DE REGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES
El actor promovió demanda por liquidación de régimen de comunidad de bienes. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia para declarar el carácter propio de un inmueble y la ganancialidad de un pago de seguro automotor.
Liquidación de régimen de comunidad de bienes
¿Qué se resolvió?
- Se declara el carácter propio del inmueble de la calle Magariños Cervantes y se deja sin efecto la recompensa reconocida sobre este
- Se declara la ganancialidad de la suma percibida por el seguro del automóvil Mitsubishi
- Se confirma lo demás decidido en primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El inmueble de Magariños Cervantes es propio porque en la escritura la cónyuge manifestó que el dinero era de origen propio, lo cual no fue cuestionado
- El reconocimiento de una recompensa del 20% sobre ese inmueble carece de sustento probatorio
- El inmueble de Bartolomé Mitre es ganancial porque si bien la cónyuge no hizo la manifestación formal, es admisible probar el carácter propio por otros medios entre los cónyuges
- El pago del seguro del automóvil Mitsubishi es ganancial por subsistir en el patrimonio al momento de la disolución de la comunidad
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