CORONEL, LILIANA CARINA c/ DORINKA SRL (CONTINUADORA DE WALLMART ARGENTINA S.R.L.) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y revocó la condena impuesta a las demandadas por el accidente sufrido por la actora al patinar en una pista de hielo.
Indemnización por daños derivados de la caída de la actora mientras patinaba en una pista de hielo ubicada en el Parque Comercial Avellaneda
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la condena, considerando que la caída de la actora obedeció a los riesgos propios de la actividad y no a un incumplimiento de las demandadas en materia de seguridad. Concluyó que no existió conducta antijurídica por parte de las empresas demandadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La participación activa del usuario en una actividad recreativa como el patinaje sobre hielo implica que el mismo asume los riesgos inherentes a dicha práctica, salvo que se demuestre un vicio en la cosa que haga riesgosa su utilización o negligencia del explotador.
- Las empresas demandadas no tenían la obligación de proveer a la actora de elementos de seguridad como casco, rodilleras, etc., dado que ello excedería los límites del deber de seguridad exigible.
- La caída de la actora obedeció a los riesgos propios de la actividad en la que voluntariamente se involucró, sin que se haya acreditado incumplimiento por parte de las demandadas. Por lo tanto, se verifica la ruptura del nexo causal.
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