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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal por boleta de deuda promovida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero contra una ejecutada. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución, habilitó a la Agencia para perseguir el íntegro pago del capital e intereses y le impuso las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Boleta de deuda Art. 92 ley 11.683 Ley 25.239 Intimacion de pago Ejecucion expedita Agencia de recaudacion y control aduanero Costas a la parte ejecutada Notificacion Juzgado federal de moreno.


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (actora).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (identidad no especificada en el fallo transcripto).
- Objeto de la demanda: ejecución de una boleta de deuda por el cobro de un capital adeudado más intereses.

¿Qué se resolvió?

se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando habilitada la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenaron las notificaciones y comunicados correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." Por ello, y citas legales invocadas, RESUELVO: Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese.
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución es única y definitiva en primera instancia.

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