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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero contra una ejecutada por deuda consignada en boleta. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución, habilitó a la Agencia para llevarla adelante hasta obtener el pago íntegro del capital con intereses e impuso las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Ley 11.683 Intimacion de pago Declaracion de via expedita Agencia de recaudacion y control aduanero Costas Mandamiento Boleta de deuda Intereses Juzgado federal de moreno


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (actora).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (no individualizada por nombre en la resolución).
- Objeto de la demanda: ejecución de deuda contenida en una boleta de deuda (cobro ejecutivo fiscal).

¿Qué se resolvió?

se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenó registro, notificación y las comunicaciones administrativas correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." (Dispositivo) "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese." No se registran votos en disidencia en el expediente.

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