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JARA, ALDANA LUCILA c/ EXPRESO NUEVE DE JULIO SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora apeló una sentencia que la indemnizó por daños derivados de un accidente de tránsito, solicitando mayores montos por incapacidad sobreviniente y daño moral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la decisión de primera instancia, aumentando las indemnizaciones.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Danos y perjuicios Intereses moratorios

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (del 20% por patología cervical y hombro) y daño moral. Confirmó el resto de lo decidido. Fundamentos relevantes:
- La incapacidad sobreviniente debe repararse más allá del menoscabo productivo, pues la integridad física tiene valor indemnizable por sí misma. Se debe ponderar ingresos, actividades, posibilidades futuras, para determinar el capital que genere una renta equivalente a los ingresos frustrados.
- El daño moral tiene función satisfactiva para la víctima, para aminorar las repercusiones en su esfera no patrimonial.
- Los intereses deben calcularse al doble de la tasa activa desde el hecho y hasta el pago, para reflejar adecuadamente el costo del dinero.

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