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ARCA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución de una boleta de deuda contra la demandada por pago de capital e intereses. El Juzgado Federal de Moreno declaró expedita la ejecución y habilitó a la Agencia a proceder hasta obtener el íntegro pago, imponiendo las costas a la ejecutada.

Ejecucion fiscal Boleta de deuda Art. 92 ley 11.683 Intimacion de pago Agencia de recaudacion y control aduanero Costas a la ejecutada Ejecucion expedita Intereses Notificacion Publicacion csjn


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (actora/ejecutante).

¿A quién se demanda?

la parte ejecutada (no individualizada por nombre en el texto remitido).
- Objeto de la demanda: ejecución fiscal por el pago del capital requerido en la boleta de deuda y sus intereses.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, habilitándose a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda con más sus intereses; se impusieron las costas del proceso a la ejecutada; se ordenó registrar, notificar a la actora (a su cargo la notificación al demandado), comunicar a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema y publicar (Ac. CSJN 10/2025), y oportunamente archivar.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Que la ejecutada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones la parte demandada dentro del término legal, de conformidad con lo dispuesto por el art. 92 de la ley 11.683, modificada por ley 25.239." "Que de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde expedir la constancia de tal situación y declarar expedita la vía." "Declarar expedita la ejecución de la deuda contra la demandada quedando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital requerido en la boleta de deuda motivo de los presentes obrados con más sus intereses.
- Imponer las costas del proceso a la ejecutada.
- Regístrese, notifíquese a la actora quedando a su cargo la notificación al demandado; comuníquese a la Dirección de Comunicaciones y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; publíquese (Ac. CSJN 10/2025) y oportunamente archívese."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el documento.

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