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CLUB ATLETICO Y BIBLIOTECA SARMIENTO c/ CLUB ATLETICO RIVER PLATE s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por derechos de formación deportiva de un futbolista. La Cámara Civil modificó la sentencia y redujo el porcentaje a indemnizar por los años de formación.

Intereses Indemnizacion Derechos de formacion deportiva Transferencia de jugador Ley 27 211 Contrato de trabajo Alicuota

Derechos de formación deportiva del futbolista Mauricio Luciano Lollo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Civil modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que la indemnización se calcule sólo sobre el valor de la transferencia del jugador, fijando una alícuota del 1,33% por el período de formación de 2 años y 8 meses. Además, redujo la tasa de interés sobre la condena en dólares al 6% anual. Fundamentos principales:
- La ley 27.211 sólo prevé que la indemnización se calcule sobre el valor de la transferencia o del contrato del jugador, pero no la acumulación de ambos.
- El período de formación acreditado fue de 2 años y 8 meses, por lo que corresponde aplicar una alícuota del 1,33%.
- La tasa de interés para la condena en dólares debe ser del 6% anual.

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