ARCA c/ LASA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
ARCA (ex A.F.I.P.) promovió ejecución fiscal contra LASA SRL por deuda tributaria exigida en $17.745.863,43 más intereses y costas. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago de esa suma, impuso las costas al demandado y ordenó a la actora que practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).
Demandado: LASA Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $17.745.863,43 más intereses y costas, conforme libelo de inicio.
Decisión: Se mandó llevar adelante la ejecución contra LASA SRL hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de $17.745.863,43, con más sus intereses y las costas del proceso; además, por razones de seguridad jurídica se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Asimismo, las costas se impusieron al demandado. (Se protocolice, registre, notifíquese y publíquese).
- Fundamentos principales de la decisión (texto original, párrafos y citas relevantes):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 17745863.43, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio."
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada."
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota."
"En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el texto; la resolución es única y firmada por la Jueza Federal Eva L. Parcio de Seleme.
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