DAGNINO MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajuste de haber previsional por falta de movilidad y actualización de componentes (PBU, PC, PAP) y planteos de inconstitucionalidad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar retroactivos dentro de 120 días hábiles, diferir varios planteos de inconstitucionalidad para la ejecución y condenó en costas a ANSeS.
¿Quién es el actor?
Dagnino Miguel Angel (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste del haber previsional por falta de movilidad/actualización de componentes del haber (Prestación Básica Universal
- PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), y planteos de inconstitucionalidad de artículos de las leyes 24.241 y 24.463 y de normativa reglamentaria (Resolución SSS 6/2009, Resolución SSS 3/2021, Ley 27.541, decretos complementarios).
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada, se ordenó a ANSeS recalcular el haber y abonar el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme, se diferenció el tratamiento de determinadas inconstitucionalidades para la etapa de ejecución, se dispuso que las sumas resultantes se abonen íntegramente sin quita y se impusieron las costas a cargo de la demandada. La regulación de honorarios de las partes se diferirá para ejecución conforme ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales más relevantes):
- "La parte actora inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional."
- "Siendo la fecha del reclamo administrativo el 29.08.2024... las diferencias retroactivas lo serán desde el 29.08.2022."
- "La PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro' -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder
- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio..."
- "En cuanto al planteo de inconstitucionalidad del tope a las remuneraciones actualizadas... la aplicación de dicho tope a las remuneraciones actualizadas —tal como lo actualmente lo prevé el art. 4° de la Resolución SSS Nº 3/2021— constituye un exceso reglamentario contrario al espíritu de la Ley Nº 24.241, por lo que corresponde declarar su inaplicabilidad para el caso de autos."
- "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; RESUELVO: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo... 3) Diferir el tratamiento de las inconstitucionalidades... 4) El haber resultante y las sumas que resulten a favor de la parte actora deberán ser abonadas íntegramente, sin quita alguna... 5) Imponer las costas a cargo de la parte demandada... 6) Diferir la regulación de honorarios..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el texto aportado.
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