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CONS DE PROP J. B J. AV M. 1736/50 Y D. F. S. 1735/39 c/ AMX ARGENTINA SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El consorcio de propietarios demandó a AMX Argentina S.A. y COTO C.I.C.S.A. por el uso indebido de la azotea del edificio para la instalación de antenas de telefonía. La Cámara modificó la sentencia y ordenó practicar una nueva pericia para determinar los cánones locativos históricos por el período reclamado.

Pericia Temeridad y malicia procesal Canones locativos Consorcio de propiedad horizontal Uso indebido de partes comunes Antenas de telefonia movil


¿Quién es el actor?

Consorcio de Propietarios J. B. J.
- Demandados: AMX Argentina S.A. y COTO C.I.C.S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de los cánones locativos por la ocupación de la azotea del edificio sin autorización, para la instalación de antenas de telefonía móvil.

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia y se ordena practicar una nueva pericia para determinar los cánones locativos históricos. Se rechaza el pedido de temeridad y malicia del consorcio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el valor del canon locativo fijado por la pericia en primera instancia no era adecuado para determinar los montos históricos reclamados, por lo que corresponde realizar una nueva pericia.
- Respecto a la conducta de "COTO C.I.C.S.A.", se consideró que no alcanzaba entidad para encuadrarla en el supuesto de temeridad y malicia previsto en el art. 45 del CPCC.
- Se aplicó el Código Civil de Vélez por ser el vigente al momento de los hechos, armonizándolo con los principios del nuevo Código Civil y Comercial.

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