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NOVOSAD, ISABEL c/ CONS DE COPROP RIOBAMBA 927 CABA Y OTRO s/CONSIGNACION DE EXPENSAS

Consorcista demanda por incumplimiento de administración en rendición de cuentas y solicita pago por consignación de expensas. Cámara confirma el rechazo de la demanda por improcedencia de la consignación.

Rendicion de cuentas Consignacion de expensas Administracion consorcial Extincion de obligaciones Excepcionalidad de la consignacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, propietaria de una unidad funcional, demandó al Consorcio de Propietarios y a la Administradora por incumplimiento en la rendición de cuentas prevista en el art. 2067 inc. e) del Código Civil y Comercial, y solicitó el pago por consignación de las expensas. El tribunal rechazó la demanda al considerar que la actora no acreditó impedimentos válidos que le impidieran realizar el pago directo al acreedor, requisito para habilitar la vía excepcional de la consignación judicial prevista en el art. 904 del CCyC. Destacó que las cuestiones internas del consorcio respecto a la aprobación de cuentas en asamblea no configuran causales que justifiquen la consignación. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda, señalando que las anomalías en la administración denunciadas por la actora son ajenas al objeto de este proceso y no habilitan el pago por consignación, al no configurar ninguno de los supuestos excepcionales previstos en la ley.

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