KANELSON JUAN ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el recálculo y reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas del régimen previsional. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, declaró prescritos créditos anteriores a los dos años del reclamo administrativo y ordenó a ANSES recalcular y pagar el haber inicial y las acreencias retroactivas en 120 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: JUAN ALBERTO KANELSON.
Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Objeto: Se pretende dejar sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes; se solicita recálculo, liquidación y pago de diferencias del haber previsional (reajuste de la P.B.U., recálculo de Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia, verificación de confiscatoriedad, y declaración de inconstitucionalidad de normas reglamentarias y legales vinculadas al cómputo y actualización de remuneraciones).
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se dejó sin efecto la resolución impugnada; se hizo lugar a la excepción de prescripción respecto de créditos anteriores a los dos años del reclamo administrativo; se ordenó a ANSES, en 120 días desde la recepción del expediente administrativo o notificación, practicar la liquidación conforme a los considerandos, poner al pago el haber inicial recalculado y efectuar los requerimientos presupuestarios para cancelar las acreencias retroactivas; se declararon las costas por su orden y se diferirá la regulación de honorarios hasta existencia de suma líquida aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"En primer orden, corresponde hacer lugar la excepción de prescripción deducida por la demandada, declarando prescriptos los créditos reclamados anteriores a los dos años del reclamo administrativo, (artículo 82, tercer apartado, ley 18.037 –conforme art. 168 de la ley 24.241-)."
"Ahora bien, del análisis de autos se desprende que la parte actora obtuvo su beneficio jubilatorio (PBU-PC-PAP) a la luz de lo dispuesto en el art. 17 de la ley 24.241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones), habiendo adquirido el derecho al beneficio el 25.06.2017 -fecha de alta 01.09.2017
- acreditando prestación de servicios dependientes y autónomos; resultando de aplicación lo dispuesto en los arts. 19, 20, 23, 24, 30 y concordantes de la ley 24.241, cuya constitucionalidad cuestiona."
"Por todo lo expuesto, constancias de autos y disposiciones legales vigentes FALLO: I) Haciendo lugar parcialmente a la demanda interpuesta por JUAN ALBERTO KANELSON contra la ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL y dejando sin efecto la resolución impugnada; II) Hacer lugar a la excepción de prescripción (art. 82 de la ley 18.037) conforme lo dispuesto en los considerandos; III) Ordenar a la demandada Anses a que en el plazo de ciento veinte días... practique la liquidación que por la presente se ordena... y ponga al pago el haber inicial recalculado..."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos ni disidencias; la sentencia es de un/a juez/a de primera instancia.
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