RODRIGUEZ ALCOBENDAS HORACIO c/ ANSES s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA
El actor promovió acción meramente declarativa contra ANSES reclamando la aplicación del régimen jubilatorio especial y la inaplicabilidad de ciertas disposiciones reglamentarias. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 4 hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales e inaplicables los puntos cuestionados de la Resolución SSS 10/2020 (y sus modificaciones) y ordenó a ANSES otorgar el beneficio conforme a la ley 24.018 modificada por la ley 27.546, con retroactividad, intereses y costas.
¿Quién es el actor?
Sr. Horacio RODRIGUEZ ALCOBENDAS (DNI 16.345.055).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad. Se solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la escala de edad del art. 15 de la ley 27.546 (aumenta edad jubilatoria), la inconstitucionalidad del punto 2 inciso c) y del punto 1 inc. d) de la Resolución de la Secretaría de la Seguridad Social Nº 10/2020 (y su modificación por Res. 30/23) en cuanto excluyen cómputo de servicios desempeñados como interinos y establecen requisitos adicionales para el cómputo de aportes; se requirió además que se determine la ley aplicable y se ordene a ANSES otorgar el beneficio jubilatorio y ordenar la liquidación retroactiva de diferencias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró aplicable al actor el régimen instituido por la ley 24.018 modificada por la ley 27.546; se declaró la inaplicabilidad de la escala jubilatoria prevista en el artículo 15 de la ley 27.546; se declaró la inconstitucionalidad del punto 2 apartado c) y del punto 1 ap. d) de la Resolución SSS Nº 10/2020 (con sus modificaciones). Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios por 20 UMA (equivalentes a $2.041.520 al momento). Se ordenó a ANSES que, en el plazo de 30 días, dicte resolución otorgando al Sr. Rodríguez Alcobendas el beneficio de jubilación conforme la ley 24.018 modificada por la ley 27.546, con las diferencias retroactivas desde la aceptación de la renuncia definitiva, intereses y costas.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En virtud de lo expuesto, corresponde declarar la admisibilidad formal de la acción interpuesta, por encontrarse reunidos los requisitos de admisibilidad que determina el art. 322 del C.P.C.C. para su procedencia."
2) "Conforme a lo expuesto, declaro la inconstitucionalidad del art. 15 de la ley 27.546, en igual sentido que precedentes jurisprudenciales anteriores, a efectos de permitir el acceso a la jubilación del actor, quien cuenta a la fecha con 63 años de edad..."
3) "De conformidad con el artículo 99 inciso 3) de la Constitución Nacional, corresponde, para el caso de autos declarar inaplicable el punto 2) inciso c) de la Resolución SSS 10/2020 en lo que se refiere a que no son computables ... subrogancias, interinatos o cualquier otra modalidad de ejercicio temporal."
4) "En consecuencia, el ingreso de los aportes deberá limitarse al tiempo establecido por la normativa conforme el art. 9 de la ley 24.018, esto es diez (10) años en caso de servicios continuos o quince (15) si los servicios hubieran sido discontinuos."
5) "Conforme lo expuesto, decido hacer lugar a la demanda, ordenando a la Administración Nacional de la Seguridad Social -Anses-, que dentro del plazo de treinta (30) días dicte resolución otorgando al Sr. Horacio RODRIGUEZ ALCOBENDAS ... el beneficio de jubilación conforme la ley 24.018 modificada por la ley 27.546, con más las diferencias retroactivas a partir del día de la aceptación de la renuncia definitiva, intereses y costas."
- Disidencias relevantes: No aparecen votos en disidencia en el texto; la sentencia es dictada por la Dra. Karina Alonso Candis como Juez Federal Subrogante y la parte resolutiva final es la que obra como decisión.
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