RODRIGUEZ RAMON ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó reajuste de su haber previsional y la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP). El Tribunal hizo lugar parcialmente: ordenó actualizar la PBU conforme al índice Badaro y que ANSES efectúe la actualización en 120 días y pague las diferencias con intereses si resultan confiscatorias; rechazó la actualización de la PC y PAP y diferirió el tratamiento del art. 9 para la ejecución.
¿Quién es el actor?
Rodríguez Ramón Alfredo.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional por falta de movilidad/actualización; impugnación e inconstitucionalidad de normas (leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.426, 27.609) y actualización de la PBU, PC y PAP; reparación por daño moral y otros rubros.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda para ordenar la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) conforme al índice “Badaro” y ordenar a ANSES que en el término de 120 días practique la actualización y, si la diferencia resulta confiscatoria, abone las sumas resultantes con los intereses fijados; se rechazó la demanda en cuanto a la actualización de la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), topes de ley y movilidad; se difirió el tratamiento del artículo 9 de la ley 24.463 para la etapa de ejecución; costas por su orden; regulación de honorarios en la ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- “En atención a que la demandada opuso la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, corresponde analizar la procedencia del pedido desde dos años previos a la fecha de interposición de la demanda. El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio.”
- “Por lo tanto, resulta inaplicable lo dispuesto por el Alto Tribunal en el fallo ‘Blanco Lucio Orlando c/Anses s/Reajustes Varios’ del 18/12/2018 ..., toda vez que conforme sus fundamentos, se dictó en un momento donde, ni el Poder Legislativo ni la Secretaría de Seguridad Social, se habían expedido respecto a los índices de actualización para el cálculo de las remuneraciones, a utilizar, situación que se revierte con el dictado de la ley 27426 ...”
- “Atento como se resuelve la presente, respecto de la actualización de las remuneraciones a los fines del cómputo de la Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP), estimo que no se dan, en el caso, los presupuestos establecidos en el precedente de la CSJN ‘Quiroga Carlos Alberto c/Anses’ sentencia del 11-11-04 ... Por lo tanto y a los fines de no cercenar los derechos de la beneficiaria, actualícese la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: ‘Badaro Adolfo Valentín’ del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma.”
- “En relación al planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 –nueva movilidad de los haberes previsionales
- no surge un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado. El Alto Tribunal, sostuvo en reiteradas oportunidades que, la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerada como la última ratio del orden jurídico (Fallos 249:51).”
- “En relación a los intereses y de resultar el cálculo de la PBU a practicarse confiscatorio conforme fuese ordenado, se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN, in re: ‘Spitale Josefa Elida c/ANSeS s/impugnación de resolución’, del 14/9/04).”
- Disidencias: no existen votos de Cámara (sentencia de primera instancia); no hay disidencia consignada.
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