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GARCIA GABRIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes varios contra ANSES, incluyendo actualización de la Prestación Básica Universal y cuestionamientos a leyes de movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social diferenció el tratamiento de la actualización de la PBU para la etapa de ejecución y confirmó en lo demás la sentencia de grado, imponiendo costas conforme al art. 68 CPCCN y regulando honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.

Pbu Prestacion basica universal Movilidad previsional Ley 27.541 Ley 27.609 Costas Art. 68 cpccn Art. 36 ley 27.423 Tasa pasiva banco central Honorarios de alzada


¿Quién es el actor?

GARCIA GABRIEL.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos a prestaciones previsionales, en particular la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial; impugnaciones relativas a la aplicación de exención del impuesto a las ganancias, precedente "Makler" respecto de aportes autónomos, tasa de interés, y planteos de inconstitucionalidad contra la ley 27.541 y la ley 27.609.

¿Qué se resolvió?

Se diferenció (postergó) el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; se confirmaron las decisiones de primera instancia en lo demás que fueron materia de agravios; se confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado en los términos expuestos (imposición de costas al vencido conforme al art. 68 CPCCN si de la liquidación surgen sumas a favor del actor, en caso contrario costas en el orden causado conforme al art. 36 ley 27.423); costas por su orden en la Alzada; y se fijaron los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c /ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." "Que, en orden a las quejas dirigidas contra el método de movilidad determinado a partir de las modificaciones introducidas por la ley 27.609; ha de recordarse que la Constitución Nacional en el artículo 14 bis establece que el Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, los que tendrán carácter de integral e irrenunciable. En especial, dispone que la ley establecerá jubilaciones y pensiones móviles. En efecto, la Carta Magna dispone que las jubilaciones deberán gozar de movilidad, más no establece su método, ya que ello es potestad del Congreso, debiéndose siempre ejercer de modo razonable y conforme a las pautas constitucionales que regulan los derechos y garantías reconocidos."
- Voto en minoría / opinión separada relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en torno al planteo de inconstitucionalidad referido a la ley 27.609 y remite a lo sostenido en autos “WALD ALICIA GRACIELA c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOS” Expte. Nº 26695/2024, sentencia 19/08/2025, proponiendo diferir su tratamiento para la etapa de ejecución; ello se consignó como opinión reservada y no modifica la decisión mayoritaria.

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