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ARCA c/ VAZQUEZ FLAVIA ALDANA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal por $17.274.843,47 más intereses y costas contra Vázquez Flavia Aldana. El Juzgado Federal de Primera Instancia ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, exigió a la actora la práctica de la liquidación de la deuda y rechazó la aplicación del art. 43 del CPCCN por existir domicilio fiscal del demandado.

Ejecucion fiscal Arca A.f.i.p. Liquidacion de deuda Costas Domicilio fiscal Notificacion electronica Art. 70 cpccn Art. 43 cpccn Intereses


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

VÁZQUEZ FLAVIA ALDANA.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $17.274.843,47, con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución contra Vázquez Flavia Aldana hasta el íntegro pago a favor de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero de la suma reclamada ($17.274.843,47) con más intereses y las costas del proceso; se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada; se rechazó el pedido de aplicación del art. 43 del CPCCN por existir domicilio fiscal del demandado y se disponen las notificaciones en dicho domicilio o en el domicilio fiscal electrónico. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 17274843.47, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.
- Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.
- Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-" "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra VAZQUEZ FLAVIA ALDANA, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO., de la suma de $ 17274843.47, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.- 3) No hacer lugar al pedido que se aplique el art. 43 del C.P.C.C.N. (LEY U-0692), habida cuenta de que el demandado tiene domicilio fiscal (art. 3 de la Ley 11683), por lo que las notificación serán practicadas en el mismo o en el domicilio fiscal electrónico, según corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 92 de la ley 11683 (texto según ley 27430).-" Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el texto proporcionado.

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