ARCA c/ NITENS S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra NITENS S.R.L. por $40.598.796,61 más intereses y costas. El Juzgado ordenó ejecutar hasta el íntegro pago del monto reclamado e instó a la actora a practicar la liquidación de la deuda por razones de seguridad jurídica.
¿Quién es el actor?
AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO (ARCA, ex A.F.I.P.).
¿A quién se demanda?
NITENS S.R.L.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por cobro de la suma de $40.598.796,61, más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución contra NITENS S.R.L. hasta hacerse íntegro pago de $40.598.796,61, con más sus intereses y las costas del proceso; además, por razones de seguridad jurídica, se mandó que la parte actora practique la liquidación de la deuda reclamada; y finalmente se protocolizó, registró, notificó y publicó la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 40598796.61, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-
Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-
Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-
En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal –“AFIP C/ SOCIEDAD COOPERATIVA POPULAR LIMITADA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 22525/2018 “AFIP C/ PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 12215/2018, “AFIP C/ PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SA S/ EJECUCION FISCAL” EXPTE. Nº FCR 10470/2018, entre otras-; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.-"
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el texto de la sentencia.
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