ARCA c/ MARDONES JUAN MATIAS s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La ARCA demandó la ejecución fiscal contra Juan Matías Mardones por una deuda de $4.946.673,34 más intereses y costas. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro y dispuso que la actora practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.
¿Quién es el actor?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).
¿A quién se demanda?
Mardones Juan Matías.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal para cobro de la suma de $4.946.673,34 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó ejecutar contra MARDONES JUAN MATIAS hasta hacerse íntegro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO de la suma de $4.946.673,34, con más sus intereses y las costas del proceso; y se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Además, se protocolizó, registró, notificó y publicó la resolución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 4946673.34, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio.-"
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada.-"
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
"Por ello, RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución contra MARDONES JUAN MATIAS, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 4946673.34, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN.
- 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada.
- 3) PROTOCOLICESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE.-"
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el texto.
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