Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GODOY, SUSANA PATRICIA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Causa por infracción a la ley 23.737 por tráfico y tenencia de estupefacientes en juicio abreviado. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe condenó a Susana P. Godoy y Lucas D. Lezcano por confabulación para el tráfico de estupefacientes, imponiendo penas de dos años de prisión efectiva y multa de $4.000 a Godoy; además ordenó el cómputo de penas, costas por $4.700 y la destrucción del estupefaciente.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (fiscal auxiliar Dra. Florencia Alvarez), promotor del acuerdo de juicio abreviado.
- Demandado / Imputados: Susana Patricia Godoy (DNI 28.921.591) y Lucas David Lezcano (DNI 39.501.348).
- Objeto de la demanda: Investigación y juzgamiento por delitos contra la ley 23.737 (tenencia y comercialización/confabulación para el tráfico de estupefacientes) derivados de allanamientos y secuestros de cocaína y elementos relacionados.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se condenó a Susana Patricia Godoy como autora de los delitos de confabulación para el tráfico de estupefacientes y tenencia de estupefacientes –en concurso real– a la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo y multa de $4.000; se condenó a Lucas David Lezcano como autor del delito de confabulación para el tráfico de estupefacientes a la pena de dos años de prisión de cumplimiento efectivo. Se ordenó el cómputo legal de las penas, se impusieron las costas por $4.700, se dispuso la destrucción del estupefaciente secuestrado y la devolución retenida del dinero incautado según lo previsto en la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
1) "Que se encuentra acreditado en autos que Susana Patricia Godoy y Lucas David Lezcano, realizaron conductas con la finalidad común de comercializar estupefacientes. Tal afirmación se desprende de los distintos partes informativos... de los cuales surge que en distintos días y horarios se constató la presencia de personas que llegaban a inmediaciones de los domicilios investigados y luego de un corto período de tiempo se retiraban del lugar..." (Considerando I).
2) "II.
- De igual forma se ha probado –en los términos del art. 77 del CP
- el carácter de estupefaciente del material secuestrado... el informe técnico Nº 131.284 (998) obrante a fs. 701/706, que da cuenta que la sustancia hallada se trata de cocaína." (Considerando II).
3) "III.
- ...Han quedado suficientemente acreditados la intervención de los nombrados en el quehacer delictivo que se les reprocha... lo que resulta demostrativo del conocimiento por parte de los imputados de su ilicitud y el poder de hecho y disposición que ejercían sobre el estupefaciente." (Considerando III).
4) "En virtud de ello, se les impondrá a Susana Patricia Godoy y a Lucas David Lezcano a la pena de dos (2) años de prisión. Al respecto, y sin perjuicio de que la sanción no excede de tres años, comparto el criterio sustentado en el acuerdo arribado por las partes y concluyo que deben cumplir en forma efectiva la condena..." (Considerando V).
5) "Asimismo, atento a que en el artículo 14 1º párrafo de la ley 23.737 se establece para el tipo penal configurado en autos una sanción de multa dineraria, deberá imponérseles la suma de cuatro mil pesos ($4.000) a Godoy..." (Considerando V).
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto aportado.
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