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Incidente Nº 1 - ACTOR: ARZAMENDIA, VICTOR EDUARDO DEMANDADO: MORE, LUIS ALEJANDRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Incidente por beneficio de litigar sin gastos planteado por Víctor Eduardo Arzamendia. La Cámara diferió la imposición de las costas hasta que se dicte sentencia en el proceso principal, por entender que la determinación debe efectuarse una vez resuelto el principal.

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¿Quién es el actor?

Víctor Eduardo Arzamendia.

¿A quién se demanda?

Luis Alejandro More (en el inciso: s/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS).
- Objeto de la demanda: Incidente de concesión del beneficio de litigar sin gastos y controversia sobre la imposición de las costas originadas en dicho incidente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió diferir la forma en que se impondrán las costas para la oportunidad en que se dicte sentencia en el proceso principal; notificarse a las partes, comunicar al CIJ (Ac. 15/2013 y 24/2013 CSJN) y devolver las actuaciones.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos relevantes): "En lo que respecta a las costas se señala que las mismas no constituyen un castigo para el perdedor, sino que importan solo un resarcimiento de los gastos que ha debido efectuar la parte a fin de lograr el reconocimiento de su derecho a efectos de que ellos no graviten en definitiva en desmedro de la integridad del derecho reconocido (Fenochietto-Arazi “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”, Tomo I, pág. 279, Editorial Astrea)." "De la compulsa digital del proceso principal se observa que se encuentra en pleno trámite y que aún no ha concluido, en razón de ello cabe poner de resalto que, a criterio del Tribunal, el tratamiento de la imposición de las costas en incidentes de beneficio de litigar sin gastos como el presente, debe efectuarse una vez resuelto el expediente principal, en el entendimiento de que los gastos originados en el incidente para obtener la franquicia quedan condicionados a las resultas del juicio principal (v. Gozaíni Osvaldo A, “Costas Procesales”, Ediar, Vol. 2, pág. 576; v. esta Sala, en autos “Scaravaglione, Ricardo E. c/ Retamar, César E. y Ots. s/ beneficio de litigar sin gastos”, expte. 69873/2010, 10/2/2012; íd. “Serrizuela, Miguel A. y Ot. c/ Creta, Fernando M. y Ot. s/ beneficio de litigar sin gastos”, expte. 67850/2010, del 7/8/2015; íd. “Morillas Saenz, Cristian Ivan c/ Escos, Jorge Alberto s/ Beneficio para litigar sin gastos”, Expte. n°: 105323/2012, del 27/08/2020)."
- Decisión final (transcripción literal): "Diferir la forma en que se impondrán las costas para la oportunidad en que se dicte sentencia en el proceso principal. NOTIFIQUESE a las partes Cumplido, comuníquese al CIJ (Ac. 15/2013 y 24/2013 CSJN) y devuélvase." No obra voto en disidencia en autos.

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