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Incidente Nº 1 - ACTOR: G, A. L. DEMANDADO: P., A. A. s/ART. 250 C.P.C. - INCIDENTE CIVIL

Incidente por retiro de tobillera electrónica en el marco de medidas por violencia: la Cámara Civil revocó la decisión de grado y ordenó el retiro inmediato del Dispositivo de Geoposicionamiento Dual y de la tobillera del Sr. Ariel Agustín P., manteniendo la prohibición de contacto y la restricción de acercamiento a 300 metros.

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¿Quién es el actor?

G., A. L. (denunciante).

¿A quién se demanda?

P., A. A. (denunciado / sujeto a la medida cautelar).
- Objeto de la demanda: Incidente para solicitar el retiro de la tobillera electrónica y del dispositivo de geoposicionamiento dual ordenados como medida cautelar en el marco de actuaciones por violencia; se cuestiona la dilación en decidir y el mantenimiento por plazo prolongado de la medida que afecta la libertad de circulación y la actividad laboral del denunciado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el pronunciamiento recurrido y dispuso el cese de la medida cautelar del 16/08/2023 relativa al Programa de Dispositivo de Geoposicionamiento Dual, ordenando el inmediato retiro de la tobillera electrónica al Sr. Ariel Agustín P. y del dispositivo dual a la denunciante; además encomendó al juez de grado a efectuar las comunicaciones urgentes, ordenó la entrega del botón antipánico a la denunciante si lo tuviera, mantuvo la prohibición de contacto y el radio de 300 metros, y fijó costas de Alzada a cargo del recurrente.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Diferir lo peticionado hasta tanto recaiga sentencia penal firme implica postergar en el tiempo el retiro de la tobillera electrónica que fue colocada el 30 de agosto de 2023, es decir hace 22 meses, medida que perjudica al denunciado por cuanto le impide la libre circulación y lo afecta laboralmente." "Es un deber de los magistrados actuar en casos como el presente no sólo con cautela y prudencia, sino también con el debido tino y agilidad a los fines de evitar que se demore injustificadamente la toma de decisiones susceptibles de afectar a las partes involucradas, quedando entonces éstos privados de la tutela judicial efectiva." "Por las consideraciones expuestas y considerando el tiempo transcurrido desde que se dispuso la colocación de la tobillera electrónica y sopesando las circunstancias personales del demandado y los perjuicios que le acarrean, persuaden al Tribunal para modificar lo decidido en la instancia de grado y disponer el levantamiento del Dispositivo de Geoposicionamiento dual."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el texto; la resolución transcripta es la decisión del Tribunal.

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