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K., G. A. c/ B., M. G. s/FIJACION DE COMPENSACION ECONOMICA - ARTS. 441 Y 442 CCCN

La actora promovió demanda por fijación de compensación económica tras el divorcio. La Cámara Civil confirmó la procedencia de la compensación económica otorgada a favor de la actora, por considerar que el matrimonio provocó un desequilibrio económico a su situación.

Compensacion economica Divorcio Desequilibrio economico Perdida de chance Proyecto de vida en comun Reequilibrio patrimonial


¿Quién es el actor?

Giselle Alejandra Ktenas

¿A quién se demanda?

Mauricio Gustavo Barouille

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Fijación de compensación económica tras el divorcio (arts. 441 y 442 CCCN)

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al demandado al pago de $4.000.000 por compensación económica a favor de la actora. Fundamentos principales:
- La Cámara analizó los presupuestos formales y sustanciales de la compensación económica, concluyendo que se verificaban en el caso. En particular, determinó que el matrimonio restó posibilidades de desarrollo económico a la actora, quien relegó su trabajo y consultorio por el proyecto de vida en común, produciendo un desequilibrio circunstancial tras el divorcio.
- Si bien no había un desequilibrio patrimonial perpetuo, se consideró que la actora sufrió un empeoramiento de su situación económica tras la ruptura, justificando la fijación de la compensación para reequilibrar su situación.
- Respecto al monto, se aplicó el criterio de "pérdida de chance" para determinar la cuantía, entendiendo que la suma de $4.000.000 era equitativa para recomponer la situación económica de la actora.

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