ASOC. DE DEFENSA DE DERECHOS DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES( PLAN SALUD HOSPITAL ITALIANO) s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores promovió demanda contra la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires por cobro indebido de aumentos en las cuotas del servicio de medicina prepaga. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia y ordenó el reintegro de los aumentos cobrados sin el debido preaviso a los usuarios.
¿Quién es el actor?
Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores (ADUC)
¿A quién se demanda?
Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires (Plan Salud Hospital Italiano)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restitución de aumentos indebidos en las cuotas del contrato de salud
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a la demandada reintegrar a sus afiliados los importes percibidos en las cuotas cuyos vencimientos operaron en marzo y junio de 2016, por aumentos aplicados sin el debido preaviso de 30 días hábiles. Se rechazó la aplicación de multa solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 26.682 y su reglamentación exigen que las entidades de medicina prepaga notifiquen a los usuarios los incrementos en las cuotas con 30 días hábiles de anticipación.
- La demandada incumplió dicho deber de información al efectivizar algunos aumentos antes del plazo legal, sin notificar adecuadamente a los usuarios.
- No se acreditó fehacientemente el cumplimiento de la notificación previa para otros aumentos, por lo que también se ordenó su reintegro.
- La prueba pericial contable tuvo valor probatorio relevante, no resultando suficientes las alegaciones del actor para desvirtuarla.
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