GROMOVA, IRINA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía por Gromova Irina para obtener la nacionalidad argentina. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 declaró ciudadana argentina a Irina Gromova por reunir las condiciones legales y por acreditar arraigo (tiene hija argentina), ordenando expedir la carta de ciudadanía y notificar a los organismos pertinentes.
¿Quién es el actor?
GROMOVA IRINA, solicitante de la carta de ciudadanía.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (trámite dirigido ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 y autoridades competentes).
- Objeto de la demanda: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la correspondiente carta de ciudadanía.
¿Qué se resolvió?
Se declaró ciudadana argentina a GROMOVA IRINA (nacida el 24/04/1985 en Leningrado), con obligación de jurar fidelidad y de inscribirse en el registro militar en el término de un año; se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones; se informó sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y sobre la cancelación por fraude conforme al Decreto 3213/84.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de los párrafos más relevantes):
"I.
- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. A su vez el Sr. fiscal no ha cuestionado el trámite desde que tuvo intervención en el proceso y ponderando que la peticionaria se encuentra comprendida dentro de una de las causales de excepción previstas en el artículo 3, segunda parte, inciso f, del decreto reglamentario 3213/84, debido a que tiene una hija argentina nacida el 04/07/2023 (conf. la documental aportada al inicio del trámite) corresponde tener por acreditado su arraigo a la República Argentina."
"II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
Y el dispositivo: "Declarar ciudadana argentina a GROMOVA IRINA... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina... haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente.
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