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AUGUSTE, YOLANDE s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización; el Juzgado Federal otorgó la ciudadanía argentina a Yolande Auguste y la emplazó a identificarse en el plazo de un año, ordenando además las comunicaciones a Migraciones, el RENAPER y la Cámara Nacional Electoral.

Naturalizacion Carta de ciudadania Ciudadania argentina Identificacion Ley 24.533 Ley 24.951 Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Juzgado federal Emplazamiento


¿Quién es el actor?

AUGUSTE, YOLANDE.

¿A quién se demanda?

No se individualiza parte demandada; se tramita solicitud de naturalización ante el Juzgado Federal.
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización (naturalización de nacida en Bainet, Haití, el 08/04/1982; DNI para extranjeros N° 95.324.946).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la ciudadanía argentina a Yolande Auguste con todos sus derechos y deberes, previo juramento; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada dentro del plazo de un año, ordenándose la extensión de la Carta de Ciudadanía y la comunicación a las autoridades pertinentes (Dirección Nacional de Migraciones, Registro Nacional de las Personas y Cámara Nacional Electoral).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951. II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." (Dispositivo) "1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a “AUGUSTE, YOLANDE' con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación. 2) Emplazar a la solicitante para que proceda a su identificación como argentina naturalizada en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley 17671 modificada por las Leyes 20.974 y 22.435). 3) Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral. 4) Regístrese, hágase saber y líbrense las comunicaciones de ley."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución es única y favorable a la solicitud.

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