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MORELLO HNOS SA (TF 37768-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Morello Hnos SA y su agente impugnaron una resolución aduanera que exigió tributos por presunta pérdida de mercadería en tránsito alegando fuerza mayor por robo. La Cámara confirmó la sentencia del Tribunal Fiscal en cuanto al cobro de tributos y confirmó la distribución de las costas, imponiéndolas al vencido respecto del recurso del Fisco.

Recurso directo Aduanas Codigo aduanero Perdida de mercaderia Fuerza mayor/robo Deber de custodia Derechos de importacion Costas Tribunal fiscal Confirmacion de fallo


¿Quién es el actor?

MORELLO HNOS SA (y el agente de transporte aduanero Enrique Torres).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA), representando al Fisco.
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra resolución aduanera que confirmó cargo tributario por derechos de importación, tasa de estadística e IVA (arts. 310, 312, 315, 780, 794 CA), alegando que el robo de la mercadería constituye fuerza mayor que exonera de la deuda tributaria.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia recurrida en cuanto fue materia de agravio. Asimismo, confirmó la decisión sobre costas en la instancia de origen y decidió que las costas de alzada se distribuyan por su orden en relación a la apelación de la parte actora y se impongan a la vencida respecto del recurso del Fisco (art. 68, CPCCN).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En consecuencia, con sujeción a los criterios expuestos precedentemente y en razón de que no hay elemento alguno que permita tener por acreditada una conducta mínimamente diligente, desplegada con el objetivo de evitar que la carga sufriera cualquier eventualidad que pusiera en riesgo su arribo a destino, cabe concluir que no están dadas las condiciones para eximir del pago de los tributos a los responsables aduaneros de la mercadería ingresada por el tránsito de importación. Corresponde en consecuencia desestimar la apelación de la parte actora, con costas de alzada en el orden causado atento la complejidad de la cuestión y las diversas interpretaciones que ha suscitado el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (cfr. art. 68, segundo párrafo CPCCN)." "Por ello, SE RESUELVE: confirmar la sentencia en cuanto ha sido materia de agravio; las costas de alzada se distribuyen por su orden en relación a la apelación de la parte actora y se imponen a la vencida respecto del recurso del Fisco (art. 68, CPCCN)."
- Fundamento esencial: la Sala consideró que no se acreditó la diligencia especial en el deber de custodia exigida por la jurisprudencia (precedente "Tevelam" y fallos de esta y otras salas), que la custodia del camión descansó exclusivamente en el chofer, que no se justificó la demora en denunciar ni en notificar a la Aduana, y que no consta que la mercadería hubiera sido destruida o inutilizada en el sentido del art. 315 CA; por ello no operó la exoneración tributaria.
- Disidencias relevantes: no constan votos en disidencia en el bloque resolutorio final; la resolución final es la que confirma la sentencia apelada.

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