Logo

ZENDALEATHER SA (TF 34355-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Zendaleather SA promovió recurso directo contra la DGA reclamando cuestiones vinculadas con costas y honorarios. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó los honorarios fijados a favor del Dr. Walter Claudio Ciraudo y fijó adicionalmente la suma de $50.000 por dirección letrada y representación fiscal, con expresa pauta sobre la eventual aplicación del IVA.

Recurso directo Honorarios Costas Arancel de abogados Iva Direccion general de aduanas Fijacion de emolumentos Camara contencioso administrativo federal $50.000 Doctrina csjn


¿Quién es el actor?

ZENDALEATHER SA (actor en autos identificados en carátula).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA).
- Objeto de la demanda: cuestión vinculada con recurso directo de organismo externo y la determinación/confirmación de honorarios y costas (incidencia resuelta en pto. 1) de la sentencia de fs. 581/585).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó los honorarios del Dr. Walter Claudio Ciraudo fijados a fs. 598/599 y fijó los honorarios de la dirección letrada y representación fiscal en la suma de cincuenta mil pesos ($50.000) por la incidencia resuelta en el punto 1) de la sentencia de fs. 581/585. Se dejó establecido que, si el profesional acreditara su condición de responsable inscripto ante el IVA en la instancia anterior, corresponde adicionar la alícuota del impuesto a los emolumentos y que tal tributo está a cargo del condenado en costas conforme a doctrina de la CSJN.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos): "Teniendo presente la naturaleza, resultado del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, SE CONFIRMAN los honorarios del Dr. Walter Claudio Ciraudo fijados a fs. 598/599; y SE FIJAN los honorarios de la dirección letrada y representación fiscal por la incidencia resuelta en el pto. 1) de la sentencia de fs. 581/585, en la suma de cincuenta mil pesos -$50.000
- (arts. 6, 7, 9, 33, 37 y 38 del arancel de abogados y procuradores)." "Hágase saber que, en caso de que el profesional beneficiario acredite -en la instancia anterior
- su condición de responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado, se deberá adicionar a los emolumentos aquí fijados la alícuota correspondiente a dicho tributo, que también se encuentra a cargo del condenado en costas de conformidad con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 316:1533; 322:523; 329:1834, entre otros)."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutorio ni en la sentencia adjunta.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar