B., A. M. OTROS c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE MAESTRANZA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios derivados de mala praxis médica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
- Actores: A.M.B y V.B.C, en representación de su hija menor Y.A.B.C
- Demandados: Obra Social del Personal de Maestranza, Clínica Privada Libertad S.A., Riomédica S.A., Dra. I.D
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por daños y perjuicios derivados de mala praxis médica que provocó lesiones irreversibles en la menor Y. durante su nacimiento.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios otorgados a la menor por incapacidad sobreviniente (de $1.000.000 a $2.600.000) y daño moral (de $500.000 a $1.200.000). También se elevaron los montos para los padres por incapacidad sobreviniente e indemnización por tratamiento psicológico. Se declaró inoponible a los actores el límite de cobertura de las aseguradoras.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La clínica demandada incumplió su obligación principal de prestar un servicio médico diligente, al haberse comprobado negligencia en el tratamiento de la hipocalcemia de la recién nacida.
- La indemnización por incapacidad sobreviniente debe considerar no sólo la incapacidad física, sino también su impacto en las actividades no remuneradas y la potencial incidencia en el futuro desempeño laboral.
- El daño moral de la menor debe ser resarcido adecuadamente, teniendo en cuenta su edad y las satisfacciones que la suma indemnizatoria puede procurarle.
- Los límites de cobertura de las aseguradoras no pueden ser oponibles a los damnificados, ya que importaría dejarlos desprovistos de tutela.
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