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BERNATSKAYA, SVIATLANA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Sviatlana Bernatskaya solicitó la carta de ciudadanía argentina por cumplimiento de requisitos. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 hizo lugar a la petición y ordenó expedir la carta de ciudadanía, con apercibimiento de enrolarse en el plazo de un año y comunicaciones a los organismos pertinentes.

Nacionalidad Carta de ciudadania Decreto 3213/84 Ley 22435 Ley 25871 Inscripcion registral Enrolamiento Migraciones Ciudadania por voluntad Juzgado civil y comercial federal


¿Quién es el actor?

Sviatlana Bernatskaya (peticionaria).

¿A quién se demanda?

Estado nacional/autoridad competente en materia de nacionalidad (proceso de solicitud de carta de ciudadanía).
- Objeto de la demanda: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud: se declaró ciudadana argentina a Sviatlana Bernatskaya (n. 22/4/1980 en Krasnodvortsy, Minsk, República de Belarus), a quien se le extenderá el título respectivo, bajo la condición de prestar juramento de fidelidad a la República Argentina y de enrolarse dentro del plazo de un (1) año bajo apercibimiento de multa; además se ordenó oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, y comunicar la concesión al país de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "I.
- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio." "II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona." (Bloque dispositivo) "1.
- Declarar ciudadana argentina a SVIATLANA BERNATSKAYA... siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435). 2.
- Hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar... la pérdida de su nacionalidad anterior... 3.
- Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871). 4.
- Comuníquese a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la decisión es del Juzgado de 1ra instancia por el Dr. Gonzalo Auguste.

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