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CACCHIONE, VICTOR ANDRES (TF 44141-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

El actor interpuso recurso directo contra la regulación de honorarios y emolumentos en autos contra la Dirección General Impositiva. La Cámara confirmó ciertos honorarios ya regulados y fijó nuevos montos: $270.000 para la dirección letrada y representación fiscal y $100.000 para el perito contador, además de confirmar otros emolumentos.

Recurso directo Honorarios Emolumentos Perito contador Arancel de abogados Iva Direccion general impositiva Camara contencioso administrativo federal Fijacion de honorarios Costas


¿Quién es el actor?

CACCHIONE, VICTOR ANDRES (TF 44141-I).

¿A quién se demanda?

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA.
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra la regulación de honorarios profesionales y emolumentos de peritos en autos contencioso-administrativos.

¿Qué se resolvió?

Se confirmaron los honorarios del Dr. Lionel Sebastián Sartor fijados a fs. 207/208 y los emolumentos regulados al perito contador Sr. Julio Alberto Chemes (por haber sido apelados solo por altos); se fijaron además los honorarios de la dirección letrada y representación fiscal en $270.000 y los honorarios del perito contador Sr. Walter Varela en $100.000. Se aclara la obligación de adicionar el IVA si el beneficiario acredita ser responsable inscripto. Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "Teniendo presente la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, SE CONFIRMAN los honorarios del Dr. Lionel Sebastián Sartor fijados a fs. 207/208, toda vez que solamente han sido apelados por altos; y SE FIJAN los honorarios de la dirección letrada y representación fiscal en la suma de doscientos setenta mil pesos -$270.000
- (arts. 6, 7, 9, 37 y 38 del arancel de abogados y procuradores; y arts. 16, 19, 20, 21, 29 y 44 de la ley 27423)." "Por otro lado, teniendo presente la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como también la razonable proporción que la retribución de los auxiliares de la justicia debe guardar con la de los restantes profesionales intervinientes en el pleito, SE CONFIRMAN los emolumentos regulados al perito contador Sr. Julio Alberto Chemes fijados a fs. 207/208, toda vez que solamente han sido apelados por altos; y SE FIJAN los honorarios del perito contador Sr. Walter Varela en la suma de cien mil pesos -$100.000
- (art. 3 del decreto ley 16.638/57)." "Hágase saber que, en caso de que el profesional beneficiario acredite -en la instancia anterior
- su condición de responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado, se deberá adicionar a los emolumentos aquí fijados la alícuota correspondiente a dicho tributo, que también se encuentra a cargo del condenado en costas de conformidad con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 316:1533; 322:523; 329:1834, entre otros)."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutorio ni en la reproducción del fallo aportado.

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