FERRARI, MARIA LUJAN c/ YPF S.A. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió demanda por daños derivados de un accidente en una estación de servicio. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y confirmó los montos indemnizatorios por incapacidad y daño moral, pero modificó el criterio de aplicación de intereses.
Daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido el 15/06/17 en una estación de servicio
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por YPF S.A. y los montos indemnizatorios fijados en primera instancia por incapacidad psicológica, tratamiento futuro y daño moral. Sin embargo, modificó el criterio de aplicación de intereses, disponiendo que se aplique una tasa pura elevada (8% anual) desde el hecho hasta la sentencia de grado y, desde entonces y hasta el pago, la tasa activa del plenario "Samudio de Martínez", con excepción de las partidas por daños futuros.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que YPF S.A. resultaba incluida en el ámbito de responsabilidad del art. 40 de la Ley de Defensa del Consumidor al haber puesto su marca en la estación de servicio.
- Respecto a la incapacidad, la Cámara entendió que la fijación del quantum indemnizatorio debe tener en cuenta las particularidades de cada caso y no solo aplicar fórmulas matemáticas.
- En cuanto a los intereses, la Cámara consideró que cuando el capital se cuantifica a valores actuales, corresponde aplicar una tasa que no implique una recomposición del capital.
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