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GOMEZ, TERESA DE JESUS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el recálculo de su haber previsional, el pago de diferencias retroactivas y la declaración de invalidez del artículo 3 del DNU 157/2018. La Cámara Federal de Rosario – Sala B confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó los agravios de la demandada, impuso las costas a la ANSeS y fijó los honorarios ante la alzada en el 30% de lo regulado en primera instancia.

Reajustes previsionales Anses Pbu Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Ley 27.423 Honorarios Confirmacion de sentencia Seguridad social


¿Quién es el actor?

GÓMEZ, TERESA DE JESUS.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios: recálculo del haber previsional, pago de diferencias retroactivas, impugnación del artículo 3 del DNU 157/2018 y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de esta instancia a la demandada (ANSeS) por resultar sustancialmente vencida, conforme al artículo 36 de la ley 27.423; y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que se les regule en primera instancia. Insértese, hágase saber, publíquese y devuélvanse los autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia): "3°) En lo atinente a la queja referida al recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde señalar que de los cálculos acompañados, el análisis de la confiscatoriedad por la falta de actualización de la PBU es superior al 15% -de conformidad con las pautas establecidas en los precedentes de la CSJN en “Quiroga” y “Actis Caporale”, siendo las pautas y el método aplicado a los fines de determinar ello, los establecidos por esta Sala “B” en autos “MARCONI, Carlos Raúl c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, expte N° FRO 16468/2023/CA1, Acuerdo del 29/05/2025 y “AMAT, Juan Alberto c/ ANSES s/ Ejecución previsional”, expte. nro. FRO 53000221/2007, Acuerdo del 10/11/2020. En consecuencia, se rechaza el agravio. En similar sentido resolvió la Sala “A” en autos N° FRO 13747/2022 caratulado “MANDINGORRA, MYRIAM INES c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS”, del 27/12/2024." "5°) Con relación a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo”, expte. N° FCR 21049166/2011/CS001, mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde mantener la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423 que dispone: “En las causas de seguridad social … Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la parte general, libro I, título II, capítulo V, con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado”."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el acuerdo; la resolución está firmada por las juezas/jueces que integran la Sala B.

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