ARIAS, RUBEN ROGELIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra la ANSeS por reajustes y liquidación de retroactivos de haberes previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia por su orden, regulando honorarios en un 30% sobre lo que se fije en primera instancia.
¿Quién es el actor?
Rubén Rogelio Arias (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes de haberes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnaciones vinculadas a índices de actualización, topes, aplicación de precedentes (Makler, Villanustre), tratamiento de la Prestación Básica Universal y gravabilidad de los retroactivos por impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; se declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU n° 157/2018; se impusieron las costas de esta instancia por su orden conforme al art. 36 de la ley 27.423; y se regularon los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. Insértese, hágase saber, publíquese y oportunamente, devuélvanse los autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y costas: "En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativo'... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia por su orden, conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..." (voto de la Dra. Vidal, consider. 10°).
2) Sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias a los retroactivos: "entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas, de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628 (Considerando 3)." (consider. 8°).
3) Sobre la confirmación del modo de cálculo y aplicación de precedentes: respecto del agravio sobre el art. 3 de la ley 27.426 y el modo de recálculo del haber: "se rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426... se rechaza el agravio esgrimido y se confirma la sentencia apelada en este punto." (consider. 3°). Asimismo, se rechazaron los agravios relativos a la Prestación Básica Universal y a la aplicación del precedente "Makler", remitiéndose a precedentes de la Sala y de la CSJN conforme a las normas aplicables (consider. 4°, 5° y 6°).
- Disidencias relevantes: no constan disidencias; los tres vocales adhirieron en lo sustancial y el acuerdo resolvió por mayoría la confirmación y las declaraciones indicadas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: