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DIAZ VASQUEZ, LUZ MARINA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Luz Marina Díaz Vásquez. El Juzgado Federal de Córdoba 1 hizo lugar al pedido y otorgó la ciudadanía argentina por naturalización, constatando que se acreditaron los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el art. 2 de la Ley 24.533 y su modificatoria 24.951.

Naturalizacion Ciudadania argentina Ley 346 Ley 24.533 Ley 24.951 Identificacion Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Juramento de lealtad Juzgado federal


¿Quién es el actor?

Díaz Vásquez, Luz Marina (peticionante).

¿A quién se demanda?

(trámite administrativo de naturalización dirigido ante el Juzgado/Fiscalía; decisión judicial frente a la solicitud de la interesada).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido y se otorgó la ciudadanía argentina a Luz Marina Díaz Vásquez, con todos los derechos y deberes que las leyes establecen, previa toma del juramento de lealtad; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada dentro del plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía, y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales extraídos del fallo): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." (Dispositivo) "1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a 'DIAZ VASQUEZ, LUZ MARINA' con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación. 2) Emplazar a la solicitante para que proceda a su identificación como argentina naturalizada en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía... 3) Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral. 4) Regístrese, hágase saber y líbrense las comunicaciones de ley." No constan votos en disidencia.

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