DIAZ VASQUEZ, LUZ MARINA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Luz Marina Díaz Vásquez. El Juzgado Federal de Córdoba 1 hizo lugar al pedido y otorgó la ciudadanía argentina por naturalización, constatando que se acreditaron los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el art. 2 de la Ley 24.533 y su modificatoria 24.951.
¿Quién es el actor?
Díaz Vásquez, Luz Marina (peticionante).
¿A quién se demanda?
(trámite administrativo de naturalización dirigido ante el Juzgado/Fiscalía; decisión judicial frente a la solicitud de la interesada).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido y se otorgó la ciudadanía argentina a Luz Marina Díaz Vásquez, con todos los derechos y deberes que las leyes establecen, previa toma del juramento de lealtad; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada dentro del plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía, y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales extraídos del fallo):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
"II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
(Dispositivo) "1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a 'DIAZ VASQUEZ, LUZ MARINA' con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación. 2) Emplazar a la solicitante para que proceda a su identificación como argentina naturalizada en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía... 3) Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral. 4) Regístrese, hágase saber y líbrense las comunicaciones de ley."
No constan votos en disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: