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DORADO OTERO, CLAUDIA GABRIELA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

La solicitante pidió la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización. El Juzgado Federal de Córdoba concedió la ciudadanía por haberse acreditado los requisitos legales (Ley 346; art. 2 Ley 24.533 y mod. Ley 24.951) y ordenó la identificación, la expedición de la Carta de Ciudadanía y las comunicaciones a los registros pertinentes.

Ciudadania por naturalizacion Carta de ciudadania Ley 346 Ley 24.533 Identificacion Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Naturalizacion Juzgado federal Cordoba


¿Quién es el actor?

DORADO OTERO, CLAUDIA GABRIELA (solicitante de ciudadanía).

¿A quién se demanda?

(no se individualiza un demandado privado; actuación judicial de trámite de naturalización y comunicación a autoridades competentes).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, con acreditación de nacimiento en Maracaibo (13/12/1996), datos filiatorios y documentación acompañada.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la Ciudadanía Argentina a Dorado Otero Claudia Gabriela; se la emplazó a identificarse en el plazo de un año para la emisión de la Carta de Ciudadanía, y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951. II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución es de la autoridad de primera instancia.

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