SANCHEZ DE ROCCA MARIA ALEJANDRA Y OTRO c/ MARTINEZ COSTA MARIA DEL CARMEN Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Civil rechaza un recurso de apelación por exceder el monto mínimo para apelar.
Daños y perjuicios
¿Qué se resolvió?
Se declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto.
Fundamentos principales:
- El tribunal de alzada está facultado para examinar la procedencia del recurso, independientemente de la conformidad de las partes o la resolución del juez de primera instancia.
- Según las Acordadas de la Corte Suprema, el monto mínimo para apelar es de $700.000. En este caso, el monto del proceso no excede dicho límite, por lo que la sentencia es inapelable.
- Si bien las Acordadas establecen que los nuevos límites se aplican a demandas posteriores a su publicación, los tribunales han interpretado que se debe atender al monto vigente al momento de interponer el recurso, y no al de la presentación de la demanda, para evitar que el límite se torne letra muerta.
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