ALVAREZ IBARRA, SCARLETT NAZARETH s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía: se declaró ciudadana argentina a Scarlett Nazareth Álvarez Ibarra. El Juzgado consideró que la peticionaria reúne las condiciones previstas por la Constitución y la ley 346 y ordenó expedir la carta de ciudadanía con las advertencias y comunicaciones legales pertinentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SCARLETT NAZARETH ALVAREZ IBARRA, solicitante de carta de ciudadanía.
Demandado: Estado nacional / autoridades competentes en materia de ciudadanía (oficios librados a Registro Nacional de las Personas, Cámara Nacional Electoral y Dirección Nacional de Migraciones); la causa tramitó con intervención del Ministerio Público Fiscal.
Objeto: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.
Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se declaró ciudadana argentina a Scarlett Nazareth Álvarez Ibarra, con expresa condición de prestar juramento de fidelidad a la República Argentina, cumplir la obligación de enrolarse dentro de un año bajo apercibimiento de multa, y con las comunicaciones administrativas ordenadas (expedir carta de ciudadanía, oficiar al RENAPER, Cámara Nacional Electoral y Dirección Nacional de Migraciones).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
(Transcripción literal del dispositivo final) "1.
- Declarar ciudadana argentina a SCARLETT NAZARETH ALVAREZ IBARRA... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435). 2.
- Hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar -según el tradicional principio de unicidad de nacionalidad del derecho internacional público
- la pérdida de su nacionalidad anterior... 3.
- Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871). 4.
- Comuníquese a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación."
- Votos en disidencia: No se registran disidencias; la sentencia es única y dicta el juez de primera instancia.
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