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KOZLOVA, MARIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía por Maria Kozlova. El Juzgado concedió la ciudadanía argentina por naturalización condicionada al juramento de fidelidad a la República y ordenó las notificaciones y anotaciones administrativas pertinentes.

Ciudadania por naturalizacion Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento Enrolamiento Art. 35 ley 17.671 Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Exencion de tasas Tramite administrativo


¿Quién es el actor?

Maria Kozlova (peticionaria).

¿A quién se demanda?

Estado nacional (trámite frente al Juzgado Civil y Comercial Federal 11; comunicaciones ordenadas al Sr. Fiscal Federal, Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, Dirección Nacional de Migraciones y Ministerio de Relaciones y Culto).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía argentina por naturalización.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la petición y se concedió la ciudadanía argentina por naturalización a María Kozlova, con la exigencia de prestar juramento de fidelidad a la República, a la Constitución y sus leyes; se informó sobre la obligación de enrolarse dentro del año (art. 35 ley 17.671, texto según ley 22.435) y se ordenaron las comunicaciones y registros administrativos pertinentes. Se dispuso además la entrega de las actuaciones en papel junto con la carta de ciudadanía y la exención del pago de tasa de justicia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Que en autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la ley 346 y su decreto reglamentario 3.213/84, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina." "Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal, y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionaria, RESUELVO: conceder el honor de la ciudadanía argentina por naturalización a MARIA KOZLOVA, nacida en Sebastopol, Ucrania, el 10 de enero de 1986, hija de ALEXEY NIKOLAEVICH KOZLOV y de MARINA NIKOLAEVNA KOZLOVA, con DNI N° 95.438.299 a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento del artículo 35 de la ley 17.671 (texto según ley 22.435) a partir de la fecha del juramento." "Previo al juramento de ley, hágase saber a la interesada lo manifestado por el Sr. Fiscal Federal respecto a lo dispuesto por el art. 15 del Decreto 3.213/84." "Regístrese, notifíquese, al Sr. Fiscal Federal, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110 de la ley 25.871) y al Ministerio de Relaciones y Culto de la Nación, a fin de que por la vía pertinente, comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen del interesado." "El presente trámite se encuentra exento del pago de tasa de justicia (cfr. art.10 de la ley 346 y art. 13 inc. i) de la ley 23.898)." (No hubo votos en disidencia: se trata de una resolución de primera instancia dictada por el juez interviniente.)

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