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S., M. E. c/ UNIVERSIDAD CATOLICA DE SALTA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por incumplimiento de un contrato de educación superior con la Universidad Católica de Salta. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de la demanda, considerando que el actor no tiene derecho a recibir el título de Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas.

Profesor universitario Relacion de consumo Doctorado Contrato de educacion Universidad privada Autonomia academica Titulo universitario


¿Quién es el actor?

Marcelo Eduardo Soriano

¿A quién se demanda?

Universidad Católica de Salta (UCASAL)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la reparación de los daños por incumplimiento de un contrato de educación superior La Cámara consideró que si bien existe una relación de consumo entre el actor y la universidad, el vínculo contractual se encontraba cumplido luego de que el actor obtuviera el título de Profesor Universitario en Seguridad en 2001. Tener posteriormente el título de Doctor en Derecho no implica per se el derecho a obtener el título de Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas, ya que la universidad tiene la potestad de establecer los requisitos para otorgar ese título, en ejercicio de su autonomía académica. La Cámara entendió que el actor no cumplió con todos los requisitos curriculares establecidos por la universidad para obtener ese título.

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