DE LOS SANTOS MORAES, FLORENCIA c/ SERVICIOS EVENTUALES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente en la vía pública. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia y redujo el monto indemnizatorio por daño moral.
Daños y perjuicios por un accidente ocurrido al golpearse con unos andamios en la vía pública
¿Qué se resolvió?
La Cámara redujo el monto indemnizatorio por daño moral de $1.600.000 a $600.000, y confirmó el resto de la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las fotografías aportadas acreditaron la existencia del hecho. No hubo prueba que desvirtuara su autenticidad.
- Existían constancias del SAME y del Hospital Durand que corroboraban la atención médica de la actora.
- La determinación del daño moral es facultad del juez, quien debe evaluar las particularidades del caso. Si bien el monto original era elevado, $600.000 resulta adecuado.
- Los gastos de traslado, médicos y de farmacia se presumen acreditados, sin necesidad de una prueba documental acabada.
- Los intereses deben aplicarse desde la fecha del accidente, siguiendo el criterio de la CSJN.
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