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BARRERA, ADRIAN ALFREDO c/ ADMINSITRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda ordinaria contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el recalculo del haber inicial y la movilidad correspondiente por haber otorgado su prestación (PBU, PC y PAP) desde el 10/01/2024. El Juzgado Federal N°2 hizo lugar a la demanda, ordenó a ANSeS el pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas y condenó en costas a la demandada, difiriendo la regulación de honorarios.

Reajuste de haberes Movilidad previsional Anses Haber inicial Pbu Prestacion compensatoria Diferencias retroactivas Costas Liquidacion Prescripcion


¿Quién es el actor?

BARRERA, ADRIAN ALFREDO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Acción ordinaria de recalculo del haber inicial y determinación de la movilidad y diferencias retroactivas por haberes previsionales (prestación básica universal PBU, prestación compensatoria PC y prestación adicional por permanencia PAP), con pedido de liquidación conforme a la normativa aplicable y cobro de acreencias desde el 10/01/2024.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar a la demanda de Barrera, Adrián Alfredo; se ordenó a la ANSeS el pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas en los considerandos; se impusieron las costas a la demandada; y se difirió la regulación de honorarios por ausencia de base arancelaria. Se ordenó además la registración y notificación electrónica y comunicar a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Surge del expediente administrativo pertinente que el actor adquiere el derecho a las prestaciones del Régimen Previsional –prestación básica universal PBU, prestación compensatoria PC y prestación adicional por permanencia PAP a partir del 10/01/2024; por servicios con aportes en relación de dependencia y autónomos. La normativa bajo la cual se otorga el beneficio es la ley 24.241." "Así recalculado el haber inicial -en ningún caso podrá resultar una suma inferior a la efectivamente percibida, y la mayor de ambas será la base de la movilidad a calcular." "La suma resultante generará un interés de tasa pasiva promedio que mensualmente publica el B.C.R.A (conf C.S., Fallos 325:1185; 327:1343 327:3721, Varani de Arizzi, Bonafine de fecha 14/9/93, así como la causa 'Spitale' del 14/09/04)." "Por ello RESUELVO: I) Hacer lugar a la demanda interpuesta por BARRERA, ADRIAN ALFREDO, conforme lo expresado en los considerandos que anteceden y doy por reproducidos y ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social, que proceda al pago del haber recalculado y diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas en los considerandos precedentes. II) Imponer las costas a la demandada."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el expediente.

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