Logo

Incidente Nº 2 - IMPUTADO: ALI LAUTARO EXEQUIEL s/Audiencia de control o revocación de normas de conducta en SPP (Art. 35, 8vo. párr.)

Audiencia por incumplimiento de suspensión del proceso a prueba contra Lautaro Exequiel Ali solicitada por la Fiscalía. El Juzgado Federal reconvino el acuerdo de probation y ordenó la realización de tareas comunitarias por diez horas semanales durante cuatro meses en el Club Social y Deportivo 11 de Marzo.

Probation Suspension del proceso a prueba Tareas comunitarias Incumplimiento Encubrimiento de contrabando Ley 22.415 Dcaep Registro nacional de reincidencia Audiencia de control Juzgado federal


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado por la Dra. María del Carmen Núñez).
- Demandado / Imputado: Lautaro Exequiel Ali, DNI 44.189.138.
- Objeto de la demanda: Audiencia de control por presunto incumplimiento de las condiciones de la Suspensión del Proceso a Prueba (probation) homologada en la investigación por encubrimiento de contrabando (art. 874 inc. “d” Ley 22.415).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al incidente y se reconvino el Acuerdo de Suspensión del Proceso a Prueba; se impuso al imputado la realización de tareas comunitarias por diez (10) horas semanales (dos horas diarias de lunes a viernes) por el plazo de cuatro (4) meses, en beneficio del “Club Social y Deportivo 11 de Marzo”, sito en Olleros 1840, San Miguel de Tucumán; además, comuníquese a la DCAEP y al Registro Nacional de Reincidencia.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos más relevantes): "En relación a las donaciones, la Dra. Núñez manifestó que desde Oficina Judicial se informó que fueron cumplidas en su totalidad en fecha 29 de junio del año 2.023. En relación a las tareas comunitarias, se informó su incumplimiento en diciembre de 2.023, agosto 2.024, abril y septiembre de 2.025, y junio del 2.026." "Tomada la palabra por la defensa técnica del imputado, expresó que, el merendero donde debía cumplir con las tareas comunitarias cerró y, además, el Sr. Ali sufrió la pérdida de un hijo lo cual le provocó una depresión severa, sin dejar de lado que es una persona que tiene retraso madurativo." "Seguidamente, la defensa oficial efectuó una nueva propuesta de modificación del Acuerdo, con un nuevo lugar de prestación – una Asociación civil
- de estas tareas comunitarias, a lo que la representante de la Fiscalía solicitó que las tareas comunitarias sean ejecutadas en un plazo de cuatro (4) meses. Quedando las partes de acuerdo en que sean dos (2) horas por día de lunes a viernes, por el plazo mencionado, para completar las ciento sesenta (160) horas." (No hubo votos en disidencia expresados en el fallo.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar