SANCHEZ, GONZALO GASTON c/ EN -ARCA (EX. 4159153/24, EX. 02533068/25) s/EMPLEO PUBLICO
Empleado público promovió medida cautelar para suspender la cesantía y obtener la reincorporación y pago de haberes. La Cámara Federal confirmó el rechazo de la medida cautelar por falta de verosimilitud del derecho y de peligro en la demora, y condenó en costas al recurrente.
¿Quién es el actor?
Gonzalo Gastón Sánchez.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional, Agencia de Recaudación y Control Aduanero (A.R.C.A., ex AFIP).
- Objeto de la demanda: Nulidad de la Disposición DI-2024-409-E-AFIP-DIPERS#SDGRHH que dispuso su cesantía; solicitud de medida cautelar innovativa para suspender los efectos de la cesantía y ordenar su inmediata reincorporación y/o el restablecimiento del pago de haberes, aportes y cobertura médica.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, se confirmó la resolución apelada en cuanto rechazó la medida cautelar solicitada; se impusieron las costas de Alzada al recurrente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
1) “La procedencia de las medidas cautelares innovativas requiere una apreciación especialmente rigurosa de los recaudos que hacen a su admisión, habida cuenta de su carácter excepcional y del riesgo de prejuzgamiento que conllevan.”
2) “Se sigue de lo expuesto que el acto administrativo cuya suspensión pretende la parte actora aparece, prima facie, fundado en circunstancias vinculadas con extremos debidamente comprobados (tales las reiteradas inasistencias atribuidas al actor y con el incumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen disciplinario aplicable), de modo que la verificación de los vicios que aquél invoca respecto de la regularidad del procedimiento disciplinario, la justificación de las ausencias, la incidencia del estado de salud alegado, la eventual caducidad del ejercicio de la potestad disciplinaria y la afectación del derecho de defensa requiere necesariamente un aporte probatorio y por consiguiente de un análisis de mayor amplitud que excede el limitado marco cognoscitivo propio de este tipo de procesos.”
3) “En tales condiciones, toda vez que en el caso no se encuentran acreditados los recaudos previstos para el otorgamiento de la tutela cautelar pretendida, corresponde confirmar la resolución apelada en cuanto rechazó la medida solicitada.”
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión es la acordada por la mayoría según el bloque dispositvo.
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