Logo

BOLIVAR, NANNCY MAGDALENA c/ BOREAL Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para obtener cobertura urgente de tratamiento oncológico y procedimientos endoscópicos complementarios. El Juzgado hizo lugar al amparo y ordenó a Boreal y OSSIMRA suministrar Trastuzumab Deruxtecan y colocar set de bandas elásticas en 48 horas, por entender la conducta de las demandadas como arbitraria y lesiva del derecho a la salud.

Amparo Salud Obra social Trastuzumab deruxtecan Bandas esofagicas Veda terapeutica Arbitrariedad Urgencia medica Costas Honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Nancy Magdalena Bolívar, por apoderada. Demandado: Boreal Cobertura de Salud y Obra Social de los Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República Argentina (OSSIMRA). Objeto: Cobertura inmediata, total e integral del tratamiento oncológico (Trastuzumab Deruxtecan 5,4 mg cada 21 días, 4 cajas por mes, para 3 ciclos) y, en ampliación, la cobertura y colocación de un set de bandas elásticas esofágicas mediante videoendoscopía digestiva alta (VEDA) terapéutica. Decisión: Se hizo lugar al amparo; se ordenó a Boreal y OSSIMRA autorizar y entregar la medicación indicada y realizar la colocación del set de bandas en el plazo de 48 horas. Se impusieron costas a las demandadas y se regularon honorarios en 12 UMA ($1.224.912,00).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "De las constancias probatorias digitalizadas junto al escrito inicial surge acreditado que Nancy Magdalena Bolivar es afiliada a Boreal y OSSIMRA (carnet de afiliación) y padece cáncer de mama avanzado estadio IV, con metástasis ganglionar, ósea y en partes blandas, con progresión/recaída, marcadores tumorales HER2+ +++, por lo que la médica tratante indicó iniciar con cuarta línea o posterior de tratamiento con Trastuzumab Deruxtecan 5,4 mg.cada 21 días, 4 cajas por mes, para 3 ciclos programados (resumen de historia clínica y recetario del 25/02/2026 elaborados por la Dra. Silvia Alejandra Bogado)." "En primer término cabe señalar que si bien la obra social aseguró que la medicación objeto de esta acción se encontraba en trámite y que su entrega está sujeta a aspectos técnicos, a la fecha no garantizó la cobertura del tratamiento como así tampoco acreditó haber entregado la medicación, por lo que su actitud resulta arbitraria." "En segundo lugar, en relación a la ampliación planteada por la actora, las codemandadas no presentaron el nuevo informe circunstanciado que les fuera requerido, por lo que corresponde tener por ciertos los dichos de la amparista y por válida la documentación acompañada."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en la sentencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar