YANCAQUEO, GUSTAVO JAVIER s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)
Se tramitaron actuaciones para asentar la inhabilitación electoral de Yancaqueo Gustavo Javier por condena penal. El Juzgado Federal resolvió inhabilitarlo e incorporarlo al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito hasta el 30/06/2032, conforme al cómputo de la pena informada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Actuaciones iniciadas por oficio del Juzgado de Ejecución de la Primera Circunscripción de La Pampa (no hay actor particular; es comunicación oficial).
Demandado: Yancaqueo Gustavo Javier, matrícula N° 23.972.443.
Objeto: Asentar la inhabilitación para el ejercicio de los derechos electorales en el Subregistro correspondiente, en virtud de sentencia penal condenatoria.
Decisión: Se inhabilitó a Yancaqueo Gustavo Javier para el ejercicio de sus derechos electorales y se lo excluyó del Subregistro Electoral del Distrito, incorporándolo al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos hasta el 30/06/2032.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes tal como constan en la sentencia):
"Que las presentes actuaciones reconocen su origen con el Oficio de comunicación de sentencia que luce agregado a fs. 1 remitido por el Juzgado de Ejecución de la Primera Circunscripción de La Pampa, por la cual se condenó al ciudadano YANCAQUEO GUSTAVO JAVIER, matrícula N° 23.972.443 a la pena de 6 años de prisión."
"Que en virtud del cómputo de pena informado en el Oficio aludido, corresponde asentar dicha inhabilitación en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito (arts. 3 y 4 CEN), hasta el día 30 de Junio de 2032."
"RESUELVO: 1°) INHABILITAR a YANCAQUEO GUSTAVO JAVIER, matrícula N° 23.972.443 para el ejercicio de sus derechos electorales hasta 30/06/2032. 2°) EXCLUIRLO del Subregistro Electoral del Distrito (art. 3 inc. “e” del C.E.N.) e incorporarlo Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito."
- Fechas y datos relevantes: Sentencia penal comunicada (fs. 1); pena de 6 años de prisión; plazo de inhabilitación hasta el 30/06/2032; fecha de firma de la resolución: 10/08/2026.
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