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MORALES CLAUDIO RODOLFO C/ EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)

El actor promovió demanda por daños y perjuicios extracontractuales (exc. autom./estado) y las partes celebraron un acuerdo transaccional por $3.300.000. El Tribunal homologó la transacción, cargó las costas a la parte demandada conforme cláusula V y reguló honorarios de letrados, peritos y mediador con montos y pautas detalladas.

1. homologacion de transaccion 2. danos y perjuicios extracontractuales 3. acuerdo transaccional $3.300.000 4. regulacion de honorarios 5. jus arancelarios 6. honorarios peritos ($150.000 $80.000) 7. mediador prejudicial 8. costas a la demandada 9. art. 308 cpcc / art.1255 cccn 10. notificacion electronica scba

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Morales Claudio Rodolfo. Demandado: Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A. Objeto: Pretensión de daños y perjuicios extracontractuales (expte. MO-31278-2024; causa vinculada a exclusión automotor/estado señalada en el rubro). Decisión: Homologación judicial del acuerdo transaccional celebrado por las partes por la suma de $3.300.000; costas a cargo de la parte demandada según cláusula V; regulación de honorarios de letrados, peritos y mediador con detalle de montos y forma de pago.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Que las partes han arribado al acuerdo que se adjunta en formato PDF. al escrito de fecha 7/7/2026, solicitando su homologación judicial por el Juzgado de acuerdo a lo preceptuado por el art. 308 del CPCC." "RESUELVO: 1º) Homologar lo acordado por las partes.- 2º) Las costas serán soportadas por la parte demandada según lo acordado en la cláusula V del acuerdo.- 3º) A fin de dar cumplimiento con los art. 21 y 22 de la ley 6716 y tomando como base el monto del acuerdo ($ 3.300.000), regulo los honorarios de los letrados intervinientes de la siguiente manera:" (Regulación de honorarios — extracto con montos) "POR LA PARTE ACTORA: Dra. DANIELA SOLEDAD GIAVINO ... en la suma de 12,39 JUS ARANCELARIOS; Dra. MARÍA ESTER GONZALEZ ... en la suma de 2 JUS ARANCELARIOS; POR LA PARTE DEMANDADA: Dr. TOMÁS MATÍAS MORALES ... en la suma de 7 JUS ARANCELARIOS." (Peritos — extracto con montos) "PERITO INGENIERO MECANICO: LUCAS MARIO CHIANI, en la suma de $150.000 por la pericia de fecha 21/6/2026... PERITO PSICOLOGO: NATALIA RUTH KERBS, en la suma de $ 80.000.
- por la aceptación de cargo de fecha 27/10/2025... PERITO MEDICO: EMILIANO JAVIER COZZI, en la suma de $150.000 por la pericia de fecha 22/6/2026 los que deberán ser abonados dentro de los diez días de notificada la providencia que los regule en definitiva..." (Mediador — fundamento y monto) "Consecuentemente, se fijan los honorarios del MEDIADOR PREJUDICIAL Dra. ROSANA BEATRIZ GANDINI (MAT. MO-047), en la suma de 7 JUS ARANCELARIOS.- Se deja constancia que se ha tomado como base regulatoria el monto del acuerdo ($ 3.300.000)."
- Otras puntualizaciones relevantes: Se aplican aportes de ley conforme Ley 14.967. Se advierte requerimiento de firma del Dr. Tomás Matías Morales en el acuerdo por formalidad procesal; antes de la homologación definitiva deberá suscribirlo. Notificaciones electrónicas practicadas conforme art. 10 Acordada 4039/2021 SCBA; constancia de firma digital y fecha de firma (documento a la firma 8/7/2026).

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